ED (2000-2004)  es, sin duda, una de esas series que te hace pasar un buen rato.

Producida por la NBC y ganadora de varios premios, entre otros de un Emmy y un Globo de Oro, la serie se desarrolla en un pequeño pueblo llamado Stuckeyville (Pueblo ficticio). Al más puro estilo Everwood, su protagonista ED Stevens es un abogado de prestigio de Nueva York que, tras romper con su mujer, decide volver al pueblo donde nació: Stuckeyville. Allí compra una Bolera, que es el centro social del pueblo y dentro, abre un pequeño despacho donde ofrece sus servicios como abogado. En cada episodio se enfrenta a un caso mientras lidia con su vida amorosa. Siempre entre un triángulo amoroso, ED vive las situaciones más extrañas e insospechadas.

Curiosidades:
1.- Al principio la serie se llamaba ED. Más tarde cuando la produjo la CBS el nombre cambión a Stuckeyville y de nuevo cuando la retomo la NBC, recuperó su nombre original: ED.
2.- El alumno preferido de Carol Vessey es Warren P. Cheswick encarnado por el actor Justin Long.
3.- La serie se rodó entre 200 y 2004. Tiene 4 Temporadas.
4.- La canción de los rótulos de crédito es “Next Year” de Foo Fighters.
5.- En la ficción, Stuckeyville está en Ohio pero en realidad la serie se rodó en varios pueblos al norte de New Jersey incluyendo Hillsdale, Haworth, Westfield, Cranford, Nutley, Ridgewood , Harrington Park y Northvale.
6.- Stuckeybowl es actualmente el Country Club Lanes en Northvale, no una bolera.

Ustedes pueden ver la serie en el siguiente link: http://www.series21.com/ed/


San Ivo
Patrono de los abogados
(año 1303)


Los vecinos de San Ivo compusieron un epitafio bien especial que dice:
San Ivo era bretón.
Era abogado y no era ladrón.
Santo Dios: ¡que admiración!.

San Ivo, el abogado santo al cual los juristas de muchos países tiene como Patrono, nació en la provincia de Bretaña en Francia. Su padre lo envió a estudiar a la Universidad de París, y allí dirigido por famosos profesores de derecho, obtuvo su doctorado como abogado.
En sus tiempos de estudiante oyó leer aquella célebre frase de Jesús: “Ciertos malos espíritus no se alejan sino con la oración y la mortificación” (Mc. 9,29), y se propuso desde entonces dedicar buen tiempo cada día a la oración y mortificarse lo más que le fuera posible en las miradas, en las comidas, en el lujo en el vestir, y en descansos que no fueran muy necesarios. Empezó a abstenerse de comer carne y nunca tomaba bebidas alcohólicas. Vestía pobremente y lo que ahorraba con todo esto, lo dedicaba a ayudar a los pobres. Y Dios lo premió concediéndole una gran santidad y una generosidad inmensa en favor de los necesitados.
Al volver a su tierra natal (Bretaña) fue nombrado juez del tribunal y en el ejercicio de su cargo se dedicó a proteger a los huérfanos, a defender a los más pobres y a administrar la justicia con tal imparcialidad y bondad, que aun aquellos a quienes tenía que decretar castigos, lo seguían amando y estimando.
Su gran bondad le ganó el título de “Abogado de los pobres”. No contento con ayudar a los que vivían en su región, se trasladaba a otras provincias a defender a los que no tenían con qué pagar un abogado, y a menudo pagaba los gastos que los pobres tenían que hacer para poder defender sus derechos.
Visitaba las cárceles y llevaba regalos a los presos y les hacía gratuitamente memoriales de defensa a los que no podían conseguirse un abogado.
En aquel tiempo los que querían ganar un pleito les llevaban costosos regalos a los jueces. San Ivo no aceptó jamás ni el más pequeño regalo de ninguno de sus clientes, porque no quería dejarse comprar ni inclinarse con parcialidad hacia ninguno.
Cuando le llevaban un pleito, él se esmeraba por tratar de obtener que los dos litigantes arreglaran todo amigablemente en privado, sin tener que hacerlo por medio de demandas públicas. Así obtuvo que muchos litigantes terminaran siendo amigos y se evitaran los grandes gastos que les podían ocasionar los pleitos judiciales.
Después de trabajar bastante tiempo como juez, San Ivo fue ordenado sacerdote, y desde entonces, los últimos quince años de su vida los dedicó totalmente a la predicación y a la administración de los sacramentos. Consiguió dinero de donaciones y construyó un hospital para enfermos pobres. Todo lo que llegaba lo repartía entre los más necesitados. Solamente se quedaba con la ropa para cambiarse. Lo demás lo regalaba. Una noche se dio cuenta de que un pobre estaba durmiendo en el andén de la casa cural, entonces se levantó y le dio su propia cama y él durmió en el puro suelo.
De muchas partes llegaban personas litigantes a obtener que San Ivo hiciera las paces entre ellos y él lograba con admirable facilidad poner de acuerdo a los que antes estaban alegando. Y aprovechaba de todas estas ocasiones para predicar a la gente acerca de la Vida Eterna que nos espera y de lo mucho que debemos amar a Dios y al prójimo.
Alguien le aconsejó que no regalara todo lo que recibía. Que hiciera ahorros para cuando llegara a ser viejo y él le respondió: – Y ¿quién me asegura que voy a llegar a ser viejo? En cambio lo que sí es totalmente seguro es que el buen Dios me devolverá cien veces más lo que yo regale a los pobres”. Y siguió repartiendo con gran generosidad.
A principios de mayo del año 1303 empezó a sentirse muy débil. Pero no por eso dejó de dedicar largos ratos a la oración y a la meditación y a ayudar a pacificar a cuantos estuvieran peleados o en discusiones y pleitos.
E
l 19 de mayo del año 1303 estaba tan débil que no podía mantenerse de pie y necesitaba que lo sostuvieran. Sin embargo celebró así la Santa Misa. Después de la Misa se recostó y pidió que le administraran la Unción de los enfermos y murió plácidamente, como quien duerme en la tierra para despertar en el cielo. Tenía 50 años.

FUENTE: http://www.ewtn.com/spanish/saints/Ivo_5_19.htm


Yo soy el abogado …

El que todas las mañanas va recorriendo Juzgados

y que anda a los apurones por ese escrito con cargo.

E que soporta la espera, el que se banca los paros,
y debe poner la cara justificando el atraso.
El que abre el escritorio y sale a ganarse el mango,
porque se vienen las cuentas y todo sigue a despacho.
El que no tiene licencias, ni salarios, ni aguinaldo,
y debe pelearla duro, porque se cobra salteado.
Yo soy el abogado.
Muchas veces de pleitero, injustamente acusado.
Al que todos lo consultan cuando se ven apurados
en la calle, en el cine, y en la cola del mercado,
y al que nadie le pregunta: ¿doctor, se le debe algo?.
Yo soy el abogado.
El que tantas veces pone su paciencia de artesano
para llegar al final con deudor insolventado.
El de cédulas y oficios, a pulmón diligenciados.
E que debe tolerar el sistema colapsado,
las nuevas disposiciones de Rentas y de Catastro,
los timbrados del Registro y el humor del  funcionario.
El que hace de estratega, de confesor, y de malo,
de mediador y de amigo, de psicólogo y de hermano.
El que sale a cara o cruz, con niebla o lluvia viajando,
porque justo le fijaron una audiencia bien temprano.
El que se muerde los labios porque el testigo ha faltado.
El que sufre taquicardia mientras va leyendo el fallo.
Del mostrador, para acá. Del pasillo, quede claro.
El que recorre Juzgados, durante meses y años.

A mucha honra señor, yo soy, el abogado.

Poema de Horacio Alberto Vero, de su libro “Poemas a despacho”

FUENTE: http://serabogado.com/ser/index.php?option=com_content&view=article&id=48:poema&catid=1:cosas&Itemid=127

 


NOBUSHIGE HOZUMI


Padre del Código Civil japonés y el artífice de la pacífica integración del derecho de occidente con las tradicionales instituciones niponas. Sus primeros pasos. Corría el año 1.855, recién finalizada la era de Bunkai-Bunsei, cuando en Uwa-shima, un poblado situado al norte de Japón y encuadrado administrativamente en la prefectura (ken) de Ehime, la familia de un samurai de clase media celebraba el alumbramiento de su primogénito. Mientras el país se debatía entre la apertura de sus fronteras a las ideas del resto del mundo o la permanencia en su tradicional autosuficiencia socio-cultural, el joven Nobuo cursaba sus estudios primarios de aritmética, caligrafía, hípica, natación y judo en Meirinkan. Cuando en 1.867 se produjo la traslación del poder político de Tokugawa Shogunate al Emperador Meiji, seguramente Hozumi no pudo ni imaginarse que el trasfondo ideológico de esa crisis (el debate sobre la apertura de Japón al mundo) sería el mismo que movería años más tarde su ánimo por el eclecticismo jurídico en su país.

Su formación jurídica y humana. En 1.871 Nobushige se trasladó a la rebautizada capital Edo, Tokio, para cursar sus estudios de Derecho en la Daikaku Minami kou, predecesora de la actual Universidad de Tokio. Allí pudo aprehender las raíces de las instituciones que regulaban la vida política y jurídica de su país, algo que resultaría esencial para su posterior labor de importación del derecho de occidente y su respetuosa integración con la cultura japonesa.

Reflejo del incipiente deseo de la cultura nipona por permitir la entrada en sus ventanas de chorros de luz del Sol de occidente, el programa de formación que el Gobierno diseñaba para sus alumnos más aventajados marcó un antes y un después en la vida de Hozumi. El Ministerio de Educación concedía una beca a sus más brillantes alumnos para ampliar su formación en países europeos. De este modo, una vez materializada su vuelta, el Imperio Meiji podría conocer desde una mentalidad oriental las ideas que propugnaban las principales escuelas jurídicas del lejano occidente.

En 1.876 Nobushige Hozumi emprendió su aventura europea. Tras una breve estancia en Londres, un despierto Hozumi no tardó en comprender que el modelo del Common Law no parecía el más idóneo para ser transplantado a su país. Por ello, al año siguiente de su llegada a Europa se desplazó a Berlín, donde permaneció hasta su regreso a Japón. Allí, de la mano de grandes romanistas, historiadores y iuspublicistas, Hozumi se empapó de las corrientes que dividían a los grandes de aquella época, sin descuidar su estudio de los códigos que, inspirados por el napoleónico, comenzaban a elaborarse en el resto de países europeos.

De regreso a casa, Hozumi instaló su cuartel de operaciones en la Universidad de Tokio, donde ganó una cátedra al año siguiente de su retorno y donde pronto fue elegido Decano (1.882).

La madurez de Hozumi. La carrera de la codificación se había iniciado sin solución de continuidad en Japón. Los convulsos episodios de la historia mundial hacían temer al país nipón que su ancestral aislamiento les acarrease consecuencias irreparables. Por ello, desde el Imperio se impulsó abiertamente la adaptación de los más evolucionados sistemas jurídicos a las instituciones locales, lo que en realidad escondía la cimentación de una defensa pacífica de sus fronteras.

Tras convertirse en el primer doctor en derecho japonés en 1.887, el punto culminante de la vida jurídica de Hozumi llegó con la aprobación del primer Código Civil japonés en 1.898. Cinco años antes, el Emperador había encargado a Tomii, Ume y al propio Hozumi la constitución de una comisión encargada de este ambicioso proyecto. El edicto imperial creando este equipo de trabajo puso punto y final a las disputas que las diferentes Escuelas japonesas habían venido protagonizando por encarnar el espíritu del anhelado código y supuso el fin del proyecto de Boissonade, que vio cómo el Emperador le retiraba la confianza que le había brindado años atrás.

Aunque la estructura y el contenido del Código civil japonés Meiji son fieles deudores de la Pandectística alemana (y en particular de los dos primeros borradores del código civil alemán, de 1.888 y 1.895, respectivamente), sus disposiciones son de naturaleza ecléctica, mostrando influencias del derecho francés y salpicados rastros del derecho inglés. Hozumi y sus colegas legisladores habían logrado su meritorio objetivo: adaptar el derecho japonés a los evolucionados sistemas jurídicos occidentales pero respetando el espíritu de las instituciones de la cultura local.

El ocaso de la vida de Hozumi. Tras asistir a la promulgación del código que hacía culminar de forma satisfactoria varias etapas de su vida, Hozumi compaginó su enseñanza universitaria con una intensa actividad social y cultural. Entre los diversos cargos que desempeñó son de destacar su labor al frente de la Academia Imperial de nobles, institución preocupada por la esmerada educación del estamento nobiliario y, especialmente, su pertenencia al Consejo privado del Emperador, desde donde Hozumi pudo participar en las principales decisiones de su país y, por ende, departir en persona con el Emperador, algo al alcance de muy pocos mortales.

 

Theodor Mommsen

En 1848 fue promovido a la cátedra de Derecho comparado de la universidad de Leipzig, pero se vio obligado a dimitir el cargo a causa de sus ideas democráticas. A continuación fue profesor en Zurich (1852), en Breslau (1854), y en 1858 obtuvo la cátedra de historia antigua en la universidad de Berlín. Diputado (de 1863 a 1866) en la Landtag de Prusia, se opuso a la política de Bismarck. En 1874 fue nombrado secretario de la Academia de Ciencias de Prusia, puesto que conservó hasta 1895.
En 1902 se le concedió el Premio Nobel de Literatura por el conjunto de sus trabajos, entre los cuales figura la Historia de Roma. cuyos tres primeros volúmenes aparecieron en 1854-56 y el quinto en 1885 (el cuarto volumen no ha sido publicado); es un libro universalmente conocido. Se le deben también dos volúmenes de Investigaciones romanas (1864-1879), doce volúmenes de Corpus inscriptionum latinarum (1863-1903), y siete volúmenes de Manual de antigüedades romanas (1871-1887), escrito en colaboración con Joachim Marquardt.

El volumen de Discursos y memorias (1905), aparecido a título póstumo, es notable sobre todo por la belleza de su estilo. Destacan además Inscriptiones regni neapolitani (1852), El derecho público romano (1871-88), y El derecho penal romano (1899).

 

MAURICE HAURIOU


Jurista francés; n. el 17 ag. 1856 en Ladiville. Pronto sintió fuerte atracción por los estudios de jurisprudencia. A H. le adeuda la ciencia jurídica el original hallazgo de la doctrina de la institución (v.).
Para H., «una institución es una idea de obra o de empresa que se realiza y dura jurídicamente en un medio social; para la realización de esta idea, se organiza un poder que le da una serie de órganos; por otra parte, entre los miembros del grupo social interesado en la realización de tal idea, se producen manifestaciones de comunión, dirigidas por los órganos del poder y reglamentadas por procedimientos». La doctrina de la institución constituye, en cierto modo, el resultado final de una fecunda vida dedicada por entero al estudio de una amplia serie de problemas jurídicos y sociales. Las instituciones representan en el derecho, como en la historia, la categoría de la duración, de la continuidad y de lo real; la operación de su fundación constituye el fundamento jurídico de la sociedad y del Estado.

La obra de H., tanto en su vertiente jurídica como en la sociológica, ha sido profundamente estimada por intelectuales tan destacados como Renard, Delos y Gurvitch. Algunos de los libros de H. (p. ej., Notes de jurisprudence, Príncipes de droit public, Príncipes de droit constitutionnel y, sobre todo, La teoría de la institución y de la fundación), produjeron, en el momento de su publicación, un fuerte impacto. Durante algún tiempo, las páginas de sus Príncipes de droit constitutionnel representaron el best-seller de la intelectualidad francesa, de la que H. fue miembro destacado. En 1888 pasó a formar parte del claustro de profesores de la Facultad de Derecho de Toulousé y solamente la muerte, acaecida el 12 mar. 1929 en esta misma ciudad, le separaría de la docencia. El sueño dorado de H. fue ver insertado dentro de los regímenes jurídicos positivos el Derecho natural.

 

FUENTE: http://serabogado.com/ser/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=30&Itemid=30