BARTOLO DE SASSOFERRATO
Bártolo de Sassoferrato fue considerado el jurista más grande de todos los tiempos, al menos de la Europa medieval. Tal reconocimiento alcanzaron sus métodos y enseñanzas que tras su muerte se divulgó la máxima de que: “nemo bonus iurista nisi bartolista”.
Bártolo nació en la pequeña vecindad de Ventura, próxima a Sassoferrato, en la región central de Italia, a mitad de camino entre Roma y Florencia, en dirección a la costa adriática. Se discute si su nacimiento tuvo lugar en 1.313 ó 1.314. Sus biógrafos polemizan también sobre su verdadero linaje; algún autor sostiene incluso que se trató de un hijo ilegítimo. En cualquier caso, esa circunstancia -común a otros genios, como Leonardo da Vinci- no habría tenido influencia en la adopción de su lugar de origen reemplazando a sus apellidos, muy habitual en la época.
La formación de Bártolo fue deudora de los dos maestros que guiaron sus primeros estudios. Su aprendizaje más elemental lo cursó con el Padre Pedro de Asís, del que el propio Bártolo destacaría la simetría entre su bondad y su vasta cultura. Con tan sólo catorce años, el muchacho de Sassoferrato se trasladó a Perugia para comenzar sus estudios de Derecho. Fue entonces cuando coincidió con la otra gran figura que marcaría su incursión en el mundo jurídico, Cino de Pistoya, capaz tanto de dominar ampliamente las doctrinas de las grandes escuelas jurídicas posteriores a la glosa acursiana como de dar rienda suelta a su rica fantasía poética y ser expresamente admirado por Dante y Petrarca.
Con apenas veinte años, tras retirarse de la enseñanza su maestro, Bártolo se desplaza a Bolonia para preparar su doctorado. En un año, de la mano de Jacobo Butrigario y Rainiero de Forli, concluye sus estudios y es proclamado doctor, con la tradicional imposición de la toga y el anillo, el 10 de noviembre de 1.334.
Tras concluir su formación académica, Bártolo inició un período de transición que acabaría desembocando en la práctica docente, donde la Historia le tenía reservado un hueco irremplazable. Entre 1.334 y 1.339 ejerció como asesor en Todi y Cagli. Con veintiséis años, el jurista joven pero ya veterano se asentó en Pisa y, desde ese momento, se centró por completo en su actividad académica. Sin embargo, tampoco en la Toscana italiana encontró Bártolo su asentamiento definitivo y, aunque se inició en sus aulas como profesor universitario, no tardó en volver a Perugia (1.343), desde donde desarrolló su extraordinaria producción jurídica.
La inmortalidad jurídica de Bártolo se encierra principalmente en sus innovaciones metodológicas en el comentario del Corpus Iuris Civilis y en sus no menos brillantes contribuciones al Derecho público y privado. Hasta que surgió la personalidad bartoliana, la Escuela de los Glosadores imponía sus criterios en el acercamiento al Derecho. La gran aportación de Bártolo consistió precisamente en superar el método de la glosa, excesivamente fiel a la letra de la ley, y divulgar un sistema metodológico de examen crítico de los textos legislativos de tal modo que como punto de destino se determinase la ratio legis. La búsqueda de soluciones jurídicas a problemas concretos y el establecimiento de pautas de interpretación y doctrinas jurídicas útiles resultaban sin duda más fecundos partiendo del espíritu del legislador y de la razón última de las normas. Este estudio teórico-práctico de las fuentes, conocido como el mos Italicus durante siglos, se personificó en la figura de Bártolo y, con posterioridad, en sus más sobresalientes discípulos, entre los que destacó Baldo de los Ubaldos.
Su dedicación a la vertiente práctica del Derecho se plasmó también en una numerosa serie de quaestiones y en una prolífica colección de commentaria del Corpus Iuris, en los que se conciliaba la interpretación de los textos clásicos con su aplicación a los casos que se planteaban en cada momento.
La celebridad bartoliana se extendió rápidamente más allá de las fronteras italianas. Estudiantes de diferentes puntos de Europa se daban cita en Perugia para asistir a las hasta entonces insólitas resoluciones que planteaba Bártolo a las más complejas cuestiones jurídicas; cientos de jóvenes se congregaban para hacer suyos los criterios de interpretación del Corpus Iuris que ofrecía Bártolo. Tal fue el entusiasmo con el que esos jóvenes juristas asistían a las clases de Bártolo que en nuestra lengua se mantiene viva una expresión deudora de los estudiantes que en aquella época se pertrechaban con los bártulos (bártolos, esto es, los textos escritos por Bártolo) para seguir sus explicaciones.
La muerte sorprendió a Bártolo el 13 de julio de 1.357 en pleno apogeo de su actividad intelectual cuando contaba poco más de cuarenta años. Los lujosos monumentos funerarios que se levantaron en su honor apenas pudieron aliviar el infortunio que supuso privar al mundo del Derecho del genio creador que, como nadie hasta entonces, había conseguido convertir el Corpus Iuris justinianeo en una fuente de saber práctico.
Si la inmensa personalidad de Bártolo se truncó en su pleno apogeo vital, su fama no corrió la misma suerte. El prestigio y la autoridad de sus enseñanzas dieron vida a un movimiento que encumbró a Bártolo hasta prácticamente la categoría de mito. En las Universidades de Bolonia, Nápoles, Turín, Módena, Macerata y Padua se crearon cátedras dedicadas en exclusiva a estudiar y comentar la obra de Bártolo, llegando a comparársele con figuras de la talla de Homero y Virgilio. Su obra se convirtió en un instrumento tan respetado en universidades y tribunales que incluso se le acabaron atribuyendo a él opiniones ajenas con la pretensión de dotarlas de su incontestable aceptación.
Tal fue la auctoritas que alcanzaron los razonamientos de Bártolo que numerosos Reinos los revistieron incluso de potestas elevándolos a la categoría de fuente del Derecho. Desde que los emperadores Teodosio II y Valentiniano III promulgaran la Ley de Citas (año 426) considerando como vinculantes las opiniones de Gayo, Paulo, Ulpiano, Modestino y el dirimente Papiniano, no se recordaba ningún reconocimiento similar hacia la obra de ningún jurista. Juan II (1.427) y los Reyes Católicos (1.499) en Castilla, y Alfonso V en Portugal (Ordenaçoes alfonsinas, 1.446) promulgaron pragmáticas en las que se establecía que debía prevalecer la opinión de Bártolo en caso de discrepancias entre la doctrina. Más elocuente si cabe fue el caso de la transposición de estas disposiciones a Brasil dos siglos y medio después de la muerte de Bártolo (Ordenaçoes filipinas, 1.603).
Llegada la Modernidad y, con ella, los aires del humanismo y la vuelta a lo clásico, la confrontación de los nuevos métodos de estudio del Corpus Iuris (mos Gallicus) con el bartolismo resultó inevitable. Sin embargo, esas nuevas corrientes no consiguieron eclipsar el gran salto que sólo un talento natural como Bártolo de Sassoferrato pudo dar entre la erudición que recogió de Justiniano y el saber práctico que de forma admirable supo extraer del espíritu de los textos.
Fuente: http://www.uria.com
DOMICIO ULPIANO
Reconocido en su labor, se dedicó a lograr la más completa y minuciosa recopilación del derecho vigente en su época. De sus escritos se ha dicho que tenían un estilo claro y sencillo, lo que le permitió convertirse en los siglos posteriores en el más popular de los juristas.
La época del nacimiento de Ulpiano es desconocida, aunque suele situarse en torno al año 170, en Fenicia. El periodo de su actividad literaria la desarrolló entre 211 y 222, particularmente durante el gobierno del emperador Caracalla (211-217).
Durante el reinado de Caracalla fue magister liberorum, puesto que mantuvo cuando Heliogábalo ascendió al trono de Roma. Pero se vio obligado a abandonar Roma cuando el emperador, ante quien había caído en desgracia, le condenó al exilio. Regresó en el 222 d.C. a Roma e inmediatamente pasó a ser miembro del consilium de Alejandro Severo, de quien había sido maestro durante su infancia. Su talento y condiciones personales llamaron la atención del emperador, quien le nombró perfecto de la anona y perfecto del pretorio, cargo este último reservado a los miembros del orden ecuestre. Este puesto tenía, junto al mando militar, las funciones de asesor jurídico del emperador y las labores de instancia suprema del sistema jurídico romano.
Murió en el 228 a manos de los pretorianos, con los que había tenido duros enfrentamientos, y quienes le degollaron en presencia del propio emperador. Uno de sus discípulos, Herenio Modestiano, se convirtió en el jurista más destacado de la siguiente generación.
Su producción, muy abundante, abarcó todas las ramas del Derecho romano. Se le consideró autor de 287 libros, lo que le convirtió en el jurista más prolífico de su época. Entre sus obras destacaron los Libri LXXXI ad edictum praetoris y Libri II ad edictum aedilium curulium, en los que comentaba los contenidos de los edictos de los pretores y de los ediles. En ellos siguió con bastante rigor el orden de los edictos. Especial fama alcanzó su De officio proconsulis, una especie de guía para los gobernadores de provincias, que fue muy seguida en su tiempo y posteriormente, como refleja la mención a este escrito que figuraba en una inscripción de Éfeso del siglo IV.
Realizó una obra incompleta que tenía el título de Libri LI ad Masurium Sabinum, y escribió numerosas monografías dedicadas a los officia elaborados por los magistrados imperiales. También fueron fundamentales los Libri VII regularum, los Libri II Institutionum y Libri VII Regulae. De toda esta producción solo se conservan algunos fragmentos de Las Institutiones y el Liber singularis. El resto de sus obras conocidas nos han llegado en los fragmento que quedaron reflejados en el Digesto.
Sus obras, poco originales aunque muy profundas, tuvieron un gran éxito entre los juristas contemporáneos y posteriores. En ellas citaba a muchos de los juristas precedentes y copió literalmente textos de leyes y senadocunsultos. Hizo grandes comentarios enciclopédicos de las obras de autores anteriores, y sobre todo del Edicto. Trataba de coleccionar y organizar todo el material existente de la época clásica. Su intención era conseguir hacer comprensible todo el ordenamiento jurídico en su conjunto. Toda su obra estaba revestida de un enorme sentido práctico. Ulpiano llamó la atención de sus colegas por el perfecto dominio de todas las materias que aparecían en sus escritos. Al centrarse en la labor compiladora sus escritos no aportaron nada a al evolución del derecho romano; en sus escritos se deshacía en continuos elogios hacia los juristas que le precedieron en su oficio.
Fue incluido, junto a Gayo, Paulo, Modestino y Papiniano, en la ley de citas de 426, que regulaba la recitatio de las obras de los juristas ante los tribunales (es decir, qué juristas podían ser invocados y los criterios para la decisión del juez ante opiniones diversas de éstos).
Su actividad expositiva del derecho le permitió obtener el mayor premio para un jurista romano: ser el más utilizado en la compilación de Justiniano (una tercera parte proviene de sus obras), convirtiéndolo en uno de los principales informantes del derecho romano.
JEAN-ETIENNE MARIE PORTALIS
Portalis nació el 1 de abril de 1.746 en Beausset, ciudad vecina de Toulon, en el sur de Francia, abrazado por una familia acomodada. Su padre, profesor de Derecho canónico en la Universidad de Aix, le transmitió desde su infancia su pasión por el Derecho. Cursó sus estudios de forma brillante primero en Toulon, luego en Marsella y, finalmente, la Licenciatura en Aix.
Portalis se presentaba como un hombre alto, de fisonomía fina y seria, alumbrada por media sonrisa. En el fondo de su carácter se albergaba una sencillez llena de gracia, mezclada con impetuosas ocurrencias, familiares del clima en el que había crecido, y cuya alegría daba un interés picante a su conversación, naturalmente grave y sustancial. Cuentan que su elocución, salpicada con ingeniosas anécdotas, gozaba de gran encanto.
Abogado hasta el estallido revolucionario. A los 19 años Portalis ya era abogado. Se dio a conocer por la “revolución” que provocó en la oratoria de la época, aplicando consideraciones filosóficas a causas que no parecían a priori susceptibles de tales desarrollos. Pronto los abogados más afamados de su tiempo procuraron su amistad. Contrajo matrimonio con la hija de uno de esos conocidos letrados. De esa unión nacieron dos hijos: el benjamín fue con el tiempo cónsul general de Francia en Caracas y el mayor fue el primer presidente del Tribunal Supremo francés.
Uno de los pleitos conducidos por Portalis que más trascendencia pública obtuvo fue el que dirigió contra el conde de Mirabeau en representación de su esposa. Portalis obtuvo un pronunciamiento favorable; no obstante, la derrota de Mirabeau le granjeó su enemistad.
Entretanto, la crisis social y política en Francia continuaba en plena ebullición. El pueblo exigía con decisión la convocatoria de los Estados Generales. La nobleza y el clero, nerviosos ante los métodos de votación que se avecinaban en esa asamblea, parecían comenzar a cuestionar la unidad de sus filas. El Juramento del Juego de la Pelota y la creación de la Asamblea Nacional Constituyente presionaron hasta el extremo a Luis XVI y precipitaron el estallido que se venía gestando.
La década que cambió el mundo. El período revolucionario fue bastante agitado también para Portalis. Su enfrentamiento con Mirabeau le cerró las puertas de un cargo representativo en los Estados Generales. Aprobada la Constitución de 1.791 y creada la Asamblea Legislativa, cuando la facción jacobina asumió los poderes de la Convención Nacional, Portalis se pronunció en contra de la radicalización de sus métodos de gobierno. Hostigado por el Terror, Portalis hubo de refugiarse en Lyon y más tarde en París, aunque finalmente no pudo evitar ser encarcelado en 1.794. Sólo la caída de Robespierre el 27 de julio de ese año le libró de la guillotina.
Instaurado el Directorio y recuperada su libertad, Portalis pronto comenzó a ser reconocido por su talento. Se pronunció públicamente en favor de los emigrantes y el clero, ambos sectores tan atacados por los insurgentes. Manifestó también su humanidad en el asunto de Calais, en el que trató de proteger a emigrantes franceses del rigor de las leyes revolucionarias. Fue nombrado diputado de los departamentos franceses de Seine y del Var en 1.795 y, poco a poco, se fue convirtiendo en uno de los principales activos de la oposición contrarrevolucionaria. Su espíritu tolerante y los atropellos cometidos en nombre de la Revolución provocaron que Portalis no comulgase con los métodos que estaban cambiando el país.
Su posicionamiento próximo a los intereses monárquicos provocó que el Directorio lo incluyese en sus listas de deportación a la Guayana francesa. Fue entonces cuando hubo de refugiarse en Zurich y Friburgo. Cuando se ocultaba en la ciudad alemana, el general Mathieu Dumas le invitó a refugiarse en Holstein, en el castillo de Emenkendorf, propiedad del conde Fréderic de Raventlau. Los dos años que permaneció en la fortaleza los empleó para escribir su famosa obra “De l’usage et de l’abus de l’espirit philosophique durant le dix-huitième siécle”.
El hombre de confianza de Napoleón. Tras el golpe de Estado del 18 y 19 de brumario y el derrocamiento del Directorio, la Constitución de 24 de diciembre de 1.799 colocó en el Consulado a un jefe militar de los ejércitos revolucionarios. Napoleón, hábil no sólo en la lucha armada, quiso rodearse de los mejores hombres de la nación e hizo llamar a Portalis. De vuelta en Francia el 13 de febrero de 1.800, Portalis pasó a integrarse en el Conseil des Prises. El año siguiente Bonaparte le nombró miembro del Consejo de Estado.
Su formación y vocación hacían de Portalis un personaje especialmente válido tanto para el Derecho como para la Religión. Consciente de ello, Napoléon le encargó dos grandes empresas donde pudiese desarrollar toda su valía: el Concordato y el Código Civil.
El Concordato. Una vez consagrado Primer Cónsul de Francia, Napoléon hubo de afrontar numerosos problemas derivados de la vorágine revolucionaria. Uno de ellos era el de las maltrechas relaciones con la Iglesia.
Moderado, tolerante y firme en su fe, Portalis fue el elegido para reanudar las relaciones de Francia con la Santa Sede y, de ese modo, reconciliar “la Revolución con el Cielo”. Con ese fin preparó en 1.801 un Concordato, que sería firmado ese mismo año con el Papa Pío VII. En ese acuerdo se reconocieron algunas conquistas revolucionarias, como la libertad de cultos, la nacionalización de los bienes eclesiásticos y la disminución del número de diócesis. Asimismo, Francia se comprometió a sostener el culto católico y fijar sueldos a sus sacerdotes. Con la finalidad de mantener un intenso y real seguimiento de las relaciones con la Iglesia, Bonaparte creó también el Ministerio de Cultos, al frente del que colocó a Portalis.
Su gran legado: el Código Civil. Tras firmar la paz con Austria en Luneville (1.801) y la de Amiens con Inglaterra (1.802), Napoleón hubo de emprender la complicada tarea de pacificar un país enfrentado y dolido. Su mejor arma para este proyecto fue dotar a la nación de un sistema normativo del que entonces carecía. Desde la fuerza de la razón, la unidad nacional sería más fácil.
Compatibilizar la abolición de los privilegios de la nobleza, la incipiente igualdad de clases y, entre otras cuestiones, la protección de la propiedad individual burguesa, no parecía una tarea sencilla. Francia era además un mosaico jurídico; ese fraccionamiento normativo lo expresó gráficamente Voltaire cuando afirmó que “quien viajara por territorio francés cambiaría más veces de régimen legal que de caballos en cada posta”.
Conocedor de las buenas experiencias codificadoras que acababan de atravesar Baviera y Prusia, Napoléon constituyó una comisión formada por François Denise Tronchet, Felix Julien Jean Bigot de Preameneau, Jacques de Maleville y Portalis. Se cuidó el Cónsul de que los juristas elegidos fuesen de corte moderado y no hubiesen participado en los ideales revolucionarios.
El resultado de los trabajos es conocido por todos. Se armonizaron con maestría los ideales revolucionarios con el Derecho canónico, la costumbre y el derecho ya vigente en las diferentes regiones. Todo ello partiendo siempre de uno de los pilares de la cultura occidental: el Derecho romano.
Tras esta magna obra, Portalis había entonado ya su canto del cisne. Al año siguiente de la promulgación del Código Civil (1.804) la salud de Portalis comenzó a debilitarse. Falleció el 25 de agosto de 1.807, siendo todavía titular de su cargo de ministro. Sus funerales, por deseo expreso del Emperador, se celebraron con todos los honores.
FUENTE: http://serabogado.com/ser/index.php?option=com_content&view=category&layout=blog&id=30&Itemid=30